Ayudas a las actuaciones de eficiencia energética en PYMEs y grandes empresas del sector industrial
Ayudas a las actuaciones de eficiencia energética en PYMEs y grandes empresas del sector industrial | |
Ayudas: Energía | |
Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYMEs y grandes empresas del sector industrial, dirigido a estimular e incentivar la realización de actuaciones en dichas empresas del sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética. | |
El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará el 30 de septiembre de 2019. Dicho plazo finalizará con el agotamiento total de los fondos recogidos en la base 6 de la presente Orden, o se llegue al 31 de diciembre de 2020 sin haberse cursado solicitudes suficientes para agotar el presupuesto disponible. | |
Original: | Boletín Oficial del País Vasco - N.º 152, martes 13 de agosto de 2019 |
Gobierno Vasco - Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/departamento-desarrollo-economico-infraestructuras/
012
Actuaciones elegibles
1.– Actuación 1: mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
a) Objetivo: el objetivo de esta medida es reducir el consumo de energía final en PYME y gran empresa del sector industrial, mediante la mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
b) Descripción: con esta actuación se pretende promover inversiones en sustitución de equipos e instalaciones, así como sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética o la mejor tecnología disponible con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2 de las instalaciones industriales de las agrupaciones de actividad cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los recogidos en el punto 1 de la base 4.
c) Requisitos de eficiencia energética: las actuaciones deben cumplir la legislación vigente que les afecte para el cálculo y desarrollo de las medidas de eficiencia energética. En el caso de no existir normativa o legislación aplicable se utilizará la Mejor Tecnología Disponible (MTD) de ahorro y eficiencia energética. El ratio económico-energético máximo será de 14.379 euros (inversión elegible)/tep (ahorro energía final en un año). La medición del ahorro energético obtenido por la aplicación de este Programa se calculará siguiendo la metodología de cálculo indicada en el Anexo V de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012.
2.– Actuación 2: implantación de sistemas certificados de gestión energética en empresas que no sean grandes consumidores de energía.
a) Objetivo: el objetivo de esta medida es reducir el consumo de energía final en PYMEs y grandes empresas del sector industrial que no tengan la consideración de empresas grandes consumidoras de energía de acuerdo con la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca.
b) Descripción: con esta actuación se pretenden promover inversiones para la implantación de sistemas de gestión energética con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2 de las instalaciones industriales de las agrupaciones de actividad cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los recogidos en el punto 1 de la base 4, que no tengan la consideración de empresa gran consumidora de energía de acuerdo con la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca, en su Título III. La mejora de la eficiencia energética, por la implantación de un sistema de gestión energética, debe comprender las actuaciones necesarias, tanto a nivel de medición de las variables de consumo de energía, como para la instalación de los elementos de regulación y control de los parámetros de proceso e implementación de los sistemas informáticos para el análisis, regulación y control, así como para el funcionamiento óptimo de la instalación, reducción de los consumos de energía final y de costes, disminución de emisiones y para proporcionar la información de forma rápida y precisa, necesaria para la gestión energética de la instalación.
c) Requisitos de eficiencia energética. Los requisitos de eficiencia energética que deben cumplir los sistemas de gestión energética que se implementen son:
– El ratio económico-energético máximo será de 14.501 euros (inversión elegible)/tep (ahorro energía final en un año).
– Cumplir con la Norma UNE-EN ISO 50001 relativa a los sistemas de gestión energética o la que en su lugar la sustituya.
– La medición del ahorro energético obtenido por la aplicación de este programa se calculará siguiendo la metodología de cálculo indicada en el Anexo V de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012.
– Las actuaciones deben cumplir la legislación vigente que les afecte para el cálculo y desarrollo de las medidas de eficiencia energética. En el caso de no existir normativa o legislación aplicable se utilizará la Mejor Tecnología Disponible (MTD) de ahorro y eficiencia energética.
Beneficiarias
Las empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector industrial
Las empresas de servicios energéticos
Informes
Informes de barrixe: La innovación en Bizkaia. norabidea, aurreTIK, Patentes y Comercio Exterior de Bizkaia.
norabidea 201608.06.2016
norabidea 201513.11.2015
norabidea 201411.12.2014
norabidea 201324.10.2013
norabidea 201210.01.2013
norabidea 201109.01.2012
norabidea 201023.06.2017
norabidea 200923.06.2017
norabidea 200823.06.2017
norabidea 2007-2ª Oleada23.06.2017
norabidea 2007-1ª Oleada23.06.2017
norabidea 2006-2ª Oleada23.06.2017
norabidea 2006-1ª Oleada23.06.2017
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